Condiciones y obligaciones para los productores vitivinÃcolas que reciban insumos para el control de Lobesia botrana
En el marco de la asistencia que realiza el Estado Nacional y Provincial.
Entró en vigencia la Resolución del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) N°555/2018, que establece las condiciones y obligaciones de los productores vitÃcolas en relación con la entrega de insumos para el control de la plaga Lobesia botrana en la provincia de Mendoza.
Dicha resolución, publicada el pasado 7 de septiembre, establece los requisitos y obligaciones que deben cumplir los productores vitivinÃcolas de Mendoza que deseen recibir los insumos y la prestación del servicio de aplicaciones aéreas para el control de la plaga, en el marco de la asistencia que realiza el Estado Nacional y Provincial.
Entre las condiciones y obligaciones es importante recordar que el productor deber estar inscripto en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), completar y firmar la documentación solicitada por el Iscamen, asistir a las capacitaciones sobre la implementación de la Técnica de Confusión Sexual (TCS) y la aplicación de productos fitosanitarios, retirar los insumos y colocar los difusores de feromonas en el establecimiento productivo, respetando la dosis entregada según Acta Compromiso y la distribución espacial indicada en las capacitaciones brindadas.
Por otra parte, los productores deben realizar las aplicaciones complementarias correspondientes ajustadas a la normativa en vigencia, utilizando los productos fitosanitarios autorizados y registrados por el Senasa de acuerdo con la fecha establecida por el Sistema de Alerta Oficial. Se recuerda que deben conservar los envases utilizados, las facturas de compra y el cuaderno fitosanitario.
En caso de que no se hubiese utilizado en la campaña productiva 2018-2019 la totalidad de los insumos provistos por el Estado Nacional y Provincial para el control de la plaga, debe procederse a su devolución de manera inmediata y a su cargo al organismo responsable de la entrega de los mismos.
Cabe aclarar que los productores vitivinÃcolas ubicados en el Oasis Sur que realicen la colocación de los difusores de feromonas para la implementación de la TCS, no están obligados a realizar controles quÃmicos complementarios.
Para obtener mayor información, los interesados pueden acceder al siguiente link:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/314204/norma.htm