Comercio de uva en fresco: los productores deben inscribirse desde el próximo 2 de julioEsta inscripción está destinada a productores de Mendoza y San Juan que deseen comercializar uva en fresco, cuyo destino sean las regiones no vitícolas del país.
Esta inscripción está destinada a productores de Mendoza y San Juan que deseen comercializar uva en fresco, cuyo destino sean las regiones no vitícolas del país.
Según informa el Senasa, desde el próximo 2 de julio, los productores de uva en fresco de Mendoza y San Juan deben inscribirse en el Sistema de Medidas Integradas (SMI), para poder comercializar su producción en las provincias que no integran las regiones de Patagonia, Cuyo y el Noroeste.
Esta medida tiene el fin de evitar la dispersión de la Polilla de la Vid, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana.
La inscripción al SMI se llevará a cabo en los siguientes puntos:
- Luján de Cuyo (de lunes a viernes, de 8.30 a 15 horas). En Centro de Operaciones de Campo del Senasa, en Azcuénaga 166, Luján de Cuyo.
- Junín (de lunes a viernes, de 8.30 a 15). En Agencia de Extensión Rural INTA, en Carril Isidoro Busquets, en La Colonia.
- Lavalle (de lunes a viernes, de 8 a 13). En la Asociación de Inspecciones de Cauce Quinta Zona de Riego, Elías Medina 165, Costa de Araujo.
- San Rafael (de lunes a viernes de 8.30 a 15). En Oficina Senasa, Edison 153.
- General Alvear (de lunes a viernes, de 8.30 a 15). En Oficina Senasa, Diagonal Carlos Pellegrini y Flemming.
- San Juan (lunes a viernes de 8.30 a 13.30) en sede del Centro Regional Cuyo, Av. 25 de Mayo esquina Alvear.
La documentación requerida para los productores que se inscribieron en la temporada pasada es:
- Declaración Jurada de Destino de la Producción (Formulario 6), de carácter excluyente para esta reinscripción.
- DNI del propietario, original y fotocopia. En el caso de no ser el titular (encargado, administrador, etc.) presentar además autorización y fotocopia del DNI.
- En el caso de personas jurídicas presentar además nota de autorización de los propietarios, original y fotocopia del DNI del responsable que presenta la documentación, constancia impresa de CUIT correspondiente a la Razón Social que figura en el RENSPA
- Constancia de inscripción en RENSPA.
En el caso de inscribirse por primera vez, tanto como propietarios o sociedades, los interesados pueden comunicarse con:
- Mendoza: Centro de Operaciones de Campo, 261 4984131 y 4985011, lobesiamendoza@senasa.gob.ar
- San Juan: Oficina San Juan, 264 4231341 y 4235515, lobesiasj@senasa.gob.ar
El Senasa recuerda que si la uva en fresco producida en Mendoza y San Juan tiene como destino las regiones de la Patagonia Norte (Río Negro y Neuquén) y Sur (Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego), Cuyo (Mendoza, San Juan y La Rioja ) y Noroeste (Catamarca, Salta, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero), los productores no pueden realizar movimientos de la fruta bajo este sistema. Para dichos destinos deben cumplir con eltratamiento cuarentenario de fumigación con bromuro de metilo, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
Por último, los empaques, centros de distribución y/o frigoríficos y fraccionadores, que reciban uvas provenientes de establecimientos agrícolas habilitados por esta medida, podrán inscribirse hasta 15 días antes de recibir la fruta.
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Esta inscripción está destinada a productores de Mendoza y San Juan que deseen comercializar uva en fresco, cuyo destino sean las regiones no vitícolas del país.
Según informa el Senasa, desde el próximo 2 de julio, los productores de uva en fresco de Mendoza y San Juan deben inscribirse en el Sistema de Medidas Integradas (SMI), para poder comercializar su producción en las provincias que no integran las regiones de Patagonia, Cuyo y el Noroeste.
Esta medida tiene el fin de evitar la dispersión de la Polilla de la Vid, en el marco del Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana.
La inscripción al SMI se llevará a cabo en los siguientes puntos:
- Luján de Cuyo (de lunes a viernes, de 8.30 a 15 horas). En Centro de Operaciones de Campo del Senasa, en Azcuénaga 166, Luján de Cuyo.
- Junín (de lunes a viernes, de 8.30 a 15). En Agencia de Extensión Rural INTA, en Carril Isidoro Busquets, en La Colonia.
- Lavalle (de lunes a viernes, de 8 a 13). En la Asociación de Inspecciones de Cauce Quinta Zona de Riego, Elías Medina 165, Costa de Araujo.
- San Rafael (de lunes a viernes de 8.30 a 15). En Oficina Senasa, Edison 153.
- General Alvear (de lunes a viernes, de 8.30 a 15). En Oficina Senasa, Diagonal Carlos Pellegrini y Flemming.
- San Juan (lunes a viernes de 8.30 a 13.30) en sede del Centro Regional Cuyo, Av. 25 de Mayo esquina Alvear.
La documentación requerida para los productores que se inscribieron en la temporada pasada es:
- Declaración Jurada de Destino de la Producción (Formulario 6), de carácter excluyente para esta reinscripción.
- DNI del propietario, original y fotocopia. En el caso de no ser el titular (encargado, administrador, etc.) presentar además autorización y fotocopia del DNI.
- En el caso de personas jurídicas presentar además nota de autorización de los propietarios, original y fotocopia del DNI del responsable que presenta la documentación, constancia impresa de CUIT correspondiente a la Razón Social que figura en el RENSPA
- Constancia de inscripción en RENSPA.
En el caso de inscribirse por primera vez, tanto como propietarios o sociedades, los interesados pueden comunicarse con:
- Mendoza: Centro de Operaciones de Campo, 261 4984131 y 4985011, lobesiamendoza@senasa.gob.ar
- San Juan: Oficina San Juan, 264 4231341 y 4235515, lobesiasj@senasa.gob.ar
El Senasa recuerda que si la uva en fresco producida en Mendoza y San Juan tiene como destino las regiones de la Patagonia Norte (Río Negro y Neuquén) y Sur (Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego), Cuyo (Mendoza, San Juan y La Rioja ) y Noroeste (Catamarca, Salta, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero), los productores no pueden realizar movimientos de la fruta bajo este sistema. Para dichos destinos deben cumplir con eltratamiento cuarentenario de fumigación con bromuro de metilo, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
Por último, los empaques, centros de distribución y/o frigoríficos y fraccionadores, que reciban uvas provenientes de establecimientos agrícolas habilitados por esta medida, podrán inscribirse hasta 15 días antes de recibir la fruta.