El recambio varietal de semilla fiscalizada de avena será hasta el 2028Se estableció el incremento paulatino de la fiscalización de semilla de avena con la doble finalidad de promover el recambio varietal que requiere el sector y lograr un 100% de producción fiscalizada para 2028.
La Resolución INASE N° 216/2023 establecía que a partir de 2025 toda la producción de avena debía ser de Clase Fiscalizada. Con la finalidad de acompañar la dinámica de producción de las empresas del sector se definió reemplazarla con un esquema incremental paulatino de producción de semilla de avena de Clase fiscalizada.
El recambio gradual hacia una producción de semilla fiscalizada de Avena sativa L. y Avena bizantina K. Koch requiere que, progresivamente, las empresas registren lotes de semilla fiscalizada en proporción al total de su producción, de acuerdo 20% en 2025,
40% en 2026 y 80% en 2027.
Estos plazos permitirán un tránsito ordenado y gradual hacia un sistema que agregará valor a la semilla producida, ya que asegurará identidad varietal, trazabilidad y calidad al adquiriente, a la vez que promoverá el recambio varietal y la mejora del germoplasma de la especie, sobre materiales de propagación que fueron lanzados al mercado hace más de 20 años.
Accesoriamente, queda prohibida la identificación de semilla si no se realiza la producción y comercialización de material fiscalizado de acuerdo a lo resuelto por esta norma.
Así, con la promulgación de la norma se adecúan los controles de fiscalización necesarios de forma armoniosa y atenta al flujo productivo del sector.
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La Resolución INASE N° 216/2023 establecía que a partir de 2025 toda la producción de avena debía ser de Clase Fiscalizada. Con la finalidad de acompañar la dinámica de producción de las empresas del sector se definió reemplazarla con un esquema incremental paulatino de producción de semilla de avena de Clase fiscalizada.
El recambio gradual hacia una producción de semilla fiscalizada de Avena sativa L. y Avena bizantina K. Koch requiere que, progresivamente, las empresas registren lotes de semilla fiscalizada en proporción al total de su producción, de acuerdo 20% en 2025,
40% en 2026 y 80% en 2027.
Estos plazos permitirán un tránsito ordenado y gradual hacia un sistema que agregará valor a la semilla producida, ya que asegurará identidad varietal, trazabilidad y calidad al adquiriente, a la vez que promoverá el recambio varietal y la mejora del germoplasma de la especie, sobre materiales de propagación que fueron lanzados al mercado hace más de 20 años.
Accesoriamente, queda prohibida la identificación de semilla si no se realiza la producción y comercialización de material fiscalizado de acuerdo a lo resuelto por esta norma.
Así, con la promulgación de la norma se adecúan los controles de fiscalización necesarios de forma armoniosa y atenta al flujo productivo del sector.